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España es una fortaleza inexpugnable para los extranjeros (no europeos)

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Albert Reyes

Albert Reyes
Admin

España, fortaleza inexpugnable

Víctor, un lector habitual, nos alertó en un comentario. España es una fortaleza inexpugnable para los extranjeros… que no naden en la abundancia. Ahora bien los requisitos exigidos, simplemente para invitar a alguien que no pertenezca al grupo de países acogidos al tratado de Schengen o incluidos en convenios bilaterales, y que quiera venir en visita turística, se asemejan a los que imagino se precisan para trabajar en el Pentágono.

Recojo y amplio lo aportado por Víctor, con los documentos que acaban de entregarme en una comisaría de policía.

“El invitante:

En caso de tener casa en propiedad: Escrituras públicas

En caso de tener casa en alquiler: Contrato de arrendamiento, último recibo y fotocopia del DNI del propietario.

Certificado municipal acreditativo del número de personas que conviven en la vivienda (actualizado 5 días antes de la entrega de documentos)

Certificado del presidente de la comunidad de propietarios, especificando el número de personas que conviven en la vivienda

DNI del invitante

Declaración jurada de que los datos aportados son verídicos y que se responsabiliza de la estancia y salida en fecha del invitado.

Justificante de ingresos, contrato de trabajo y 2 nóminas (original y copia)

El invitado:

Fotocopia del pasaporte legalizada

Documento que acredite el parentesco (por supuesto legalizada y traducida)

Certificado oficial del domicilio del invitado (por supuesto legalizada y traducida)

Fotografías y correspondencia privada que demuestre la relación entre el invitante y el invitado.

Certificado que acredite la situación laboral del invitado y justificante de ingresos y disponibilidad de período de estancia en España.

Certificado de penales (no especifica pero seguro que será legalizado y traducido).

La solicitud con todos los documentos que se piden ha de entregarse con al menos 30 días de anticipación, y, de detectarse cualquier falsedad en ellos el infractor será castigado de acuerdo con la Ley Orgánica 4/2000, con multas de hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional con prohibición de entrada entre 3 y 10 años.

La policía nombrará un instructor del procedimiento. El instructor podrá llamar al solicitante para tener una entrevista. La incomparecencia determinará el archivo de la petición. La Comisaría de Policía notificará al interesado la resolución adoptada. Si es estimatoria le avisarán para que recoja la Carta. Para recogerla tendrá que abonar unas tasas.Si la resolución es desestimatoria se le dará la posibilidad de recurrir.

Además de ello, se contemplan otras medidas:

Exigencias sanitarias:

Cuando así lo determine el Ministerio del Interior, de acuerdo con los Ministerios de Sanidad y de Trabajo e Inmigración, todas aquellas personas que pretendan entrar en territorio español deberán presentar, en los puestos fronterizos, certificado sanitario expedido en el país de procedencia por los servicios médicos que designe la Misión Diplomática u Oficina Consular española, o someterse a reconocimiento médico por parte de los servicios sanitarios españoles competentes a su llegada, en la frontera, con el fin de acreditar que no padecen alguna de las enfermedades “cuarentenables” contempladas en el Reglamento Sanitario Internacional , así como en cuantos compromisos internacionales sobre la materia suscritos por España , sin perjuicio de lo que se disponga, al efecto, por la normativa de la Unión Europea.

Y además:

El turista debe ingresar con un mínimo de 57 euros por cada día que va a permanecer en España, y el monto total debe superar los 513 euros, desde que el 12 de mayo (2007) entró en vigor la Orden de Presidencia que fija las cuantías mínimas de dinero que una persona extranjera extracomunitaria que viene como turista o en tránsito debe disponer al momento de su ingreso al territorio español. La disposición de ese dinero le puede ser requerida en la frontera. Se puede traer en efectivo, cheque certificado, cheque de viaje, carta de pago o tarjeta de crédito, acompañados del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria.

Cualquier tipo de estancia turística de extracomunitarios no puede superar los 90 días”.

Sólo queremos turistas ricos, aunque nuestro turismo se haya degradado por los errores cometidos. Y, como se ve, todos los delincuentes en potencia. La opción para eludir los trámites de acudir a casa de un invitante es acreditar reserva en un hotel. El dinero requerido es el mismo. En las webs latinoamericanas –de esos países en los que muchos ciudadanos se acuestan con el estómago vacío- advierten de la gran influencia del funcionario que “te toque” en la entrada. Serán figuraciones mías, pero el gallego cerrado que me ha dado los impresos, ha puesto cierta cara de asco.

Lo repito por enésima vez: esta tierra es nuestra. O eso piensan desde el Gobierno a numerosos ciudadanos. Ahora ya no me extraña que se arriesguen a venir en patera y a la prácticamente segura medida de ser deportados.

(Para votar esta entrada y darle más difusión: http://meneame.net/story/espana-fortaleza-inexpugnable )

Actualización:

Un niño de 7 años ha pasado varias horas retenido en Barajas por la Policía. Hijo de una pareja de bolivianos con residencia legal en España, le fue denegada la entrada, por carecer de carta de invitación. El menor, que venía de Bolivía tras la muerte de su abuelo, sufrió una crisis de ansiedad generada por la situación. Ante la posibilidad de que fuera devuelto a Bolivia, los abogados y el Defensor del Pueblo lograron que la Policía permitiera su entrada.

http://rosamariaartal.wordpress.com/2009/09/24/espana-fortaleza-inexpugnable/

https://humanpress.forosactivos.net

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